Senasa aprueba requisitos zoosanitarios para la importación de leche y productos lácteos procedentes de Suiza

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Ante el interés de importar al Perú leche y productos lácteos destinados al consumo humano procedentes de Suiza, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa a través de la Subdirección de Cuarentena Animal de la Dirección de Sanidad Animal, establece los requisitos para la importación del mencionado producto.

SENASA

Para el proceso de importación, todos los productos deben contar con el certificado sanitario expedido por la autoridad del país procedente.
Entre los documentos a presentar son:
1. Proceder de rebaños y establecimientos de producción primaria que no estuvieron sometidos a restricciones sanitarias en el momento de recolección de la leche.

2. El establecimiento de producción primaria y el área de al menos 10 Km. a su alrededor, no han está bajo cuarentena o bajo restricción de la movilización de animales, durante los sesenta (60) días previos al embarque.

3. Fue sometido a inspección por la Autoridad Oficial Competente de Suiza, en el punto de salida (lugar de embarque).

4. La leche fue sometida a cualquiera de los siguientes tratamientos:

a) Pasteurización rápida (HTST) de al menos 72° C, durante por lo menos 15 segundos si el pH es inferior a 7.

b) Pasteurización rápida (HTST) durante dos (2) veces consecutivas si el pH es igual o superior a 7.

c) Pasteurización lenta de por lo menos 63°C durante por lo menos 30 minutos.

d) Productos lácteos elaborados con leche cruda cumplen con:

i. La leche utilizada para la elaboración del producto procede de rebaños libres de brucelosis y tuberculosis.

ii. El producto ha sido sometido a un proceso de maduración durante como mínimo 60 días a una temperatura igual o mayor a 2° C.

5. Se tomaron las precauciones necesarias después del tratamiento para evitar el contacto de la leche o sus productos con cualquier microorganismo potencialmente patógeno para los animales que causen enfermedades de notificación obligatoria según la lista de la OIE.

Vale indicar que el Certificado Sanitario deberá ser emitido en idioma español.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0016-2018-MINAGRI-SENASA-DSA by SenasPeru on Scribd